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Minuta: Homologación Salarial 2009 (A)

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Documento para el conocimiento de los Directores de los Centros Educativos

 

Control Vehicular

 

Recursos Humanos

Formato de Prestaciones 2009: Juguetes y Utiles Escolares

Proceso Anual de Utiles Escolares 2009

Declaración Anual 2009

 

PRESTACIONES AUTORIZADAS AL COLEGIO DE BACHILLERES DE CAMPECHE

Prestaciones:

Compañeros Trabajadores se les informa las Prestaciones Autorizadas al Colegio de bachilleres de Campeche.

PRESTACIONES AUTORIZADAS AL COLEGIO DE BACHILLERES DE CAMPECHE

CONCEPTO
PERSONAL DOCENTE
PERSONAL ADMINISTRATIVO

Despensa

 

 

Se otorgará $404.00 mensuales por persona, independientemente de la jornada laboral que tenga asignada (medio tiempo, tres cuartos de tiempo y tiempo completo). Para el caso de Hora-Semana-Mes se otorgará la cantidad de $10.10 (exclusivamente de 1 a 19 hrs.)

Procede otorgar la cantidad de $404.00 mensuales por persona independientemente de la jornada laboral que tenga.

 

 

 

Material Didáctico

Se cubre conforme a la tabla de valores absolutos fijada por la SHCP.

 

 


Servicio de Guardería

Cuando no exista cupo en los centros de desarrollo infantil que den servicio al Colegio procede otorgar la cantidad de $8.50 por Hora-Semana-Mes, sin exceder de dos hijos desde 45 días de nacidos hasta 6 años de edad.

 

 

Cuando no exista cupo en los centros de desarrollo infantil que den servicio al Colegio procede otorgar la cantidad de $340.00 mensuales a las madres trabajadoras que laboren tiempo completo y en forma proporcional a quien labore tiempo parcial, sin exceder de dos hijos desde 45 días de nacidos hasta 6 años de edad.
Canastilla de Maternidad
Procede otorgar la cantidad de $600.00 a la madre trabajadora previa presentación de la licencia por gravidez, expedida por los servicios médicos del ISSSTE.
Procede otorgar la cantidad de $600.00 a la madre trabajadora, previa presentación de la licencia por gravidez, expedida por los servicios médicos del ISSSTE.
Ayuda para juguetes

Dependiendo de la disponibilidad presupuestal del Colegio procede otorgar hasta la cantidad de $18,000.00 anualmente, como ayuda para la compra de juguetes y mantenimiento informada ala secretaría de educación pública (incluye personal docente).
Ayuda para festejos del día del maestro
Dependiendo de la disponibilidad presupuestal del Colegio procede destinar hasta la cantidad de $9,408.00 al año, sujetos a comprobación y mantenimiento informada a la secretaría de educación pública.
Ayuda para el festejo del día de la madre
Dependiendo de la disponibilidad presupuestal del Colegio procede destinar hasta la cantidad de $10,000.00 al año y mantenimiento informada a la secretaría de educación pública (incluye personal docente).
Ayuda para actividad soc, cultur. Y deportivas
Se otorgará hasta la cantidad de $6,000.00 anuales, dependiendo de la disponibilidad presupuestal del Colegio y mantenimiento informada a la secretaría de educación pública (incluyendo personal docente).
Prima de Antigüedad
Procede otorgar el 1.5% del salario tabular vigente acumulable hasta el 20º año de servicios en el Colegio, pagadero apartir del 5º año y el 2% del 21º al 25º, manteniéndose apartir de este último el mismo factor porcentual acumulado hasta la jubilación del
Procede otorgar el 1.5% del salario tabular vigente acumulable hasta el 20º año de servicios en el Colegio, pagadero a partir del 5º año y el 2% del 21º al 25º, manteniéndose apartir de este último el mismo factor porcentual acumulado hasta la jubilación del
Ayuda para útiles escolares
Se otorgará anualmente una ayuda de $150.00 a los trabajadores que tengan hijos en edad escolar.
Se otorgará anualmente una ayuda de $150.00 a los trabajadores que tengan hijos en edad escolar.
Ayuda para tesis

Se otorgarán por única vez cuatro meses de licencia con goce de sueldo, para la conclusión de la tesis de licenciatura y $600.00 por única vez para la impresión de la misma. De no concluirse, el beneficiario de esta prestación queda obligado a reintegrar los salarios devengados por dicha licencia, excepto que medie causa justificada.
Licencia de Manejo

El colegio cubrirá los gastos de trámite y expedición o de reexpedición de licencia de manejo al personal administrativo que tenga asignado el puesto de chofer de automóvil, autobús, camión o motocicleta o esté desempeñando la función de manera permanente.
Ayuda para la adquisición de libros por el día del maestro
Se otorgarán $278.70 para la adquisición de libros a cada trabajador docentes, independientemente de la jornada laboral que tenga asignada, como reconocimiento del día del maestro.

Anteojos o lentes de contacto

Previa prescripción médica debidamente sellada por la institución (IMSS) y presentación por parte del trabajador de la factura correspondiente, se proporcionarán anteojos o lentes de contacto gratuitamente y de buena calidad, cuantas veces sea necesario, con un costo máximo de $ 1,500.00 en cada ocasión que se haga uso de esta prestación. Se hará extensiva al cónyuge, hijos y ascendientes que dependan económicamente del trabajador.

 

 

 

 

Previa prescripción médica debidamente sellada por la institución (IMSS)y presentación por parte del trabajador de la factura correspondiente, se proporcionarán anteojos o lentes de contacto gratuitamente y de buena calidad, dos veces durante el año calendario (enero-diciembre), con un costo máximo de $ 1,500.00 en cada ocasión que se haga uso de esta prestación. Se hará extensiva al cónyuge, hijos y padres que dependan económicamente del trabajador.

 

 

Prima dominical

Será procedente el pago del 50% del salario convencional diario, cuando por necesidades del servicio, debidamente justificadas, el personal administrativo labore en día domingo en el centro de trabajo de su adscripción.
Aparatos ortopédicos, auditivos, sillas de ruedas y prótesis

Se proporcionarán gratuitamente y de buena calidad una vez al año. Esta prestación se hará extensiva además del cónyuge e hijos, a los padres y madres que dependerán económicamente del trabajador, respecto a la prótesis siempre y cuando esta no sea dental o relacionada con el aspecto estético de la persona.
Pago de días de descanso obligatorio

Cuando de conformidad con el calendario oficial los días de descanso obligatorio coincidan con sábado, domingo o período vacacional, se otorgará el importe de hasta tres días de salario convencional anualmente. Esta prestación se hará efectiva en una sola exhibición en el mes de diciembre de cada año.

 

Cuando de conformidad con el calendario oficial los días de descanso obligatorio coincidan con sábado, domingo o período vacacional, se otorgará el importe de hasta tres días de salario convencional anualmente. Esta prestación se hará efectiva en una sola exhibición en el mes de diciembre de cada año.

Aguinaldo

El trabajador académico tendrá derecho a un aguinaldo anual en los siguientes términos:

Al personal que este trabajando en el mes de diciembre y tenga seis meses o más de antiguedad, el importe de cuarenta días de sueldo tabular más prima de antiguedad.

Procede conforme al decreto que para el efecto emite el poder ejecutivo federal, incluyendo prima de antigüedad.

Al personal que esté trabajando en el mes de diciembre y tenga una antigüedad inferior a 6 meses, pero superior a 3, el importe de 20 días de sueldo tabular mas prima de antigüedad

Los trabajadores académicos que no hayan cumplido un año de servicios y no se encuentren en alguno de los casos previstos en los párrafos anteriores, independientemente de que se encuentren laborando o no a la fecha de pago de esta prestación, tendrán derecho a que se les cubra la parte proporcional de la misma, conforme al tiempo de servicios efectivos prestados durante el año.


El aguinaldo se cubrirá 50% antes del 15 de diciembre y el otro 50% a mas tardar el 15 de enero del siguiente año.

Ajuste de calendario.
Se cubre en los siguientes términos.
Se cubre en los siguientes términos.

De 12 a 13 quincenas laboradas, el importe de 2 días de salario convencional

 

de 12 a 13 quincenas laboradas, el importe de 2 días de salario convencional

De 14 a 17 quincenas laboradas, el importe de 3 días de salario convencional.

 

de 14 a 17 quincenas laboradas, el importe de 3 días de salario convencional.

De 18 a 23 quincenas laboradas, el importe de 4 días de salario convencional.

 

De 18 a 23 quincenas laboradas, el importe de 4 días de salario convencional.

De 24 quincenas laboradas, el importe de 5 días de salario convencional.

 

De 24 quincenas laboradas, el importe de 5 días de salario convencional.

En años bisiestos, se cubrirá el importe de un día más de salario convencional.

 

En años bisiestos, se cubrirá el importe de un día más de salario convencional.

Esta prestación se hará efectiva en una sola exhibición en el mes de diciembre de cada año.

 

Esta prestación se hará efectiva en una sola exhibición en el mes de diciembre de cada año.
Pago de días económicos no disfrutados
A los trabajadores que teniendo derecho al disfrute de hasta 9 días económicos durante el año, no hagan uso de los mismos, se les cubrirá el salario convencional de los días no disfrutados. Esta prestación se cubrirá en forma anual en el mes de enero inmediato a la conclusión del ejercicio.
Se efectuará el pago de esta prestación en los siguientes términos:


En caso de no haber disfrutado de ningún día económico se cubrirá el salario convencional de 10 días, mas 2 días adicionales calculados también sobre salario convencional.


Si disfrutó de uno o más días sobre la base de 9 días económicos, se le cubrirá el importe de los días no disfrutados, más la parte proporcional de décimo día.


Si disfrutó de los 9 días, el décimo queda sin efecto, esta prestación se cubrirá en forma anual en el mes de enero inmediato a la conclusión del ejercicio.
Estímulo por puntualidad y Asistencia.

El personal académico que durante un año natural no incurra en faltas de asistencia ni retardos injustificados, considerándose como mínimo el 90% de asistencia, recibirán un estímulo equivalente a 7.5 días de salario convencional por semestre. Por cada falta injustificada, se descontará un día de los 15 autorizados.

 

Al personal administrativo que durante un año natural no incurra en faltas de asistencia ni retardos injustificados, recibirá un estímulo equivalente a 7.5 días de salario convencional por semestre. Por cada falta injustificada, se descontará un día de los 15 autorizados.

Solo para efectos de esta prestación, los permisos económicos se contabilizarán como inasistencias.
Solo para efectos de esta prestación, los permisos económicos se contabilizarán como inasistencias.

Las autoridades de cada colegio establecerán en los centros de trabajo un sistema de control de puntualidad y asistencia, que garantice el adecuado otorgamiento de la prestación.

 

Las autoridades de cada colegio establecerán en los centros de trabajo un sistema de control de puntualidad y asistencia, que garantice el adecuado otorgamiento de la prestación.

Los semestres a considerar serán del 1ro. de enero al 30 de junio y del 1ro. de julio al 31 de diciembre de cada año.

 

Los semestres a considerar serán del 1ro. de enero al 30 de junio y del 1ro. de julio al 31 de diciembre de cada año

El pago correspondiente al primer semestre, se efectuará en la primera quincena del mes de julio y el segundo en la primera quincena de enero del año siguiente.

 

El pago correspondiente al primer semestre, se efectuará en la primera quincena del mes de julio y el segundo en la primera quincena de enero del año siguiente.
Prima vacacional



Se otorgará el 60% de los 40 días de salario convencional dividido en los 3 períodos siguientes:
Se otorgará el 60% de los 40 días de salario convencional dividido en los 3 períodos siguientes:
primavera: 6 días
primavera: 6 días
verano: 12 días
verano: 12 días
Invierno 6 días
Invierno 6 días

 

 

 

 

SEGURO COLECTIVO

 



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